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ASESORAMOS

TU ENERGÍA

Nuestro principal objetivo es que pagues menos por tu energía y que tu electricidad sea 100% verde y más barata que el resto.

Contamos con años de experiencia asesorando a nuestros clientes y, gracias a nuestra honestidad y transparencia y a los resultados obtenidos, siguen confiando en nosotros.

Déjanos asesorarte en todo lo relativo a eficiencia y ahorro energético, no tienes nada que perder, pero si muchísimo que ahorrar.

NUESTROS SERVICIOS

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AHORRO EN FACTURA

o lo que es lo mismo, nuestro principal objetivo

Gracias a nuestra cartera de clientes, trabajamos con los mejores precios del mercado y podemos garantizarte que siempre pagarás lo mínimo en tu factura.

lo dudas? déjanos demostrártelo!

AUTOCONSUMO SOLAR

generar tu propia electricidad... y que te paguen por la que no gastes?

Con las instalaciones de Autoconsumo Solar Fotovoltaico podrás ahorrar más del 50% en tu factura eléctrica.

Los paneles solares convierten la energía inagotable del sol en energía eléctrica que abastece nuestras necesidades eléctricas tanto a nivel residencial como industrial. 

 

Con el autoconsumo te compensan en tu factura

Toda la energía que producen las placas solares instaladas y que no necesites se reduce de la factura eléctrica.

Los excedentes de producción (la energía que no gastas) se vierte a la red eléctrica y esta energía se descontará de tu factura mensual.

Llámanos y empieza a beneficiarte cuanto antes!

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EXENCIÓN DEL IMPUESTO ELÉCTRICO

si, si, es un impuesto que te puedes quitar

¿Qué es el impuesto eléctrico y cómo afecta a mi factura de luz?

 

Este impuesto, que supone un 5,1127% del total de la factura de la luz, aparte del correspondiente IVA tiene como objetivo la obtención de los ingresos necesarios para compensar la supresión del recargo sobre la facturación de energía eléctrica y es gestionado por las CCAA.

 

¿En qué casos se puede solicitar la exención del Impuesto Eléctrico?

 

Desde el 1 de enero de 2014, tendrán derecho a una exención del 85% del Impuesto Eléctrico la energía eléctrica que los clientes destinen a los siguientes usos:

 

1. Reducción química y procesos electrolíticos: galvanizado, electrolisis, etc.

​2. Procesos mineralógicos que pertenezcan a los siguientes grupos:

  • GRUPO 241. Fabricación de productos de tierra cocida para la construcción: Ladrillos, bloques y piezas especiales para forjados, así como tejas y baldosas.

  • GRUPO 242. Fabricación de cementos, cales y yesos

  • GRUPO 243. Fabricación de elementos de hormigón, cemento y yeso: hormigón y yeso para la construcción, hormigón fresco, mortero, fibrocemento y pavimentos.

  • GRUPO 244. Industrias de la piedra natural: triturada y clasificada, tallada, aserrada y elaborada.

  • GRUPO 246. Fabricación de vidrio y productos de vidrio: vidrio plano, manipulado y transformación de vidrio plano, vidrio hueco, fibra de vidrio, otros vidrios incluido el técnico.

  • GRUPO 247. Fabricación de productos cerámicos refractarios, para la construcción: azulejos y baldosas, así como otros productos cerámicos de uso doméstico y ornamental, sanitarios cerámicos o de loza, aisladores y piezas aislantes de material cerámico.

 

3. Procesos metalúrgicos que pertenezcan a los siguientes grupos:

  • GRUPO 221. Siderurgia Integral: productos siderúrgicos primarios o de cabecera, acero bruto, semiproductos, productos laminados en caliente y en frío, otros productos y subproductos.

  • GRUPO 222. Siderurgia No Integral: acero bruto, semiproductos, productos laminados en caliente y en frío, otros productos y subproductos.

  • GRUPO 223. Fabricación de tubos y perfiles huecos de acero, soldados longitudinal o helicoidalmente o sin soldadura, así como los accesorios para tuberías.

  • GRUPO 224. Trefilado, estirado, perfilado, torneado, rectificado y laminado en frío del acero.

  • GRUPO 225. Producción y primera transformación de metales no férreos, como aluminio, cobre y otros metales no férreos.

  • GRUPO 311. Funciones de piezas de hierro o acero, así como metales no férreos y sus aleaciones.

  • GRUPO 312. Forjado, estampado, embutición, troquelado, corte y repulsado de piezas.

  • GRUPO 313. Tratamiento de los metales (temple, revenido, etc.) y recubrimientos metálicos.

  • GRUPO 314. Fabricación de productos metálicos estructurales y carpintería metálica.

  • GRUPO 315. Construcción de depósitos metálicos y otros productos de calderería gruesa.

  • GRUPO 316. Fabricación de herramientas manuales, artículos de ferretería y cerrajería, menaje, derivados del alambre, cocinas, calentadores y aparatos domésticos de calefacción no eléctricos, así como mobiliario, recipientes y envases metálicos.

  • GRUPO 319. Talleres Mecánicos independientes

 

4. Riegos Agrícolas

5. Todas las actividades industriales cuyo consumo eléctrico suponga más del 50% del coste del producto o represente, al menos, el 5% del valor de la producción.

 

¿Y cómo quedaría mi factura de la luz?

 

Muy fácil, simplemente se añade una línea más en tu factura de luz con la exención del 85% de dicho impuesto.

Haz clic en la imagen de la derecha para ver una factura real y verlo más claro

 

Vale, tenemos derecho a acogernos a dicha exención, ¿qué tenemos que hacer?

 

Llámanos al 605.899.862 o escríbenos a adavileo@gmail.com y nosotros nos encargaremos de preparar toda la documentación y de realizar todos los trámites necesarios para que puedas beneficiarte cuanto antes. Y lo mejor de todo... si no lo conseguimos, no te cobramos!

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BOLETINES ELÉCTRICOS

los más baratos y rápidos de internet

También es conocido como “Certificado de Instalación Eléctrica”, es un documento

que la distribuidora de electricidad exige al cliente para las siguientes tramitaciones:

  • Para dar de alta la luz por primera vez en una vivienda.

  • Cuando el Boletín Eléctrico tiene más de 20 años de antigüedad.

  • Si se desea aumentar la potencia contratada y excede la permitida en dicho boletín.

  • Cuando se efectúan cambios de instalación monofásica a trifásica.

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Certificado Energetico

CERTIFICADOS ENERGÉTICOS

si alquilas o vendes... quédate tranquilo

¿Sabes que desde 1 de junio de 2013 todas las viviendas en alquiler o venta tienen que disponer de certificados energéticos y que de no ser así el propietario se enfrentará a sanciones de hasta 60.000 euros y no podrá realizar la venta o alquiler?

 

Si quieres disponer de tu certificado energético contacta con nosotros para disponer de él cuanto antes, no lo dejes más.

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